Coronavirus - Salta
Cerrillos, Rosario de Lerma, Gral. Güemes, La Caldera y Capital de Salta siguen en el ASPO
A través del Boletín Oficial, el Gobierno extendió la cuarentena hasta el 25 de octubre.
Coronavirus / 12.10.2020 | 13:09
Con un total de 894.206 infectadosCovid 19 desde el inicio de Pandemia y 23.868 muertes, el Gobierno Nacional oficializó este lunes la extensión del Aislamiento Social hasta el 25 de octubre.
A través del Decreto 792/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo detalló cómo continuarán las restricciones y flexibilizaciones en las distintas provincias -de acuerdo a su situación epidemiológica particular- durante las próximas dos semanas.
Ésta vez el Gobierno hizo mención que “en esta etapa de la evolución de la pandemia los indicadores epidemiológicos no son las únicas variables que corresponde que sean evaluadas a la hora de tomar las medidas hacia el futuro”. En ese sentido hizo mención al peso de los factores culturales, sociales y conductuales, que deben ser contemplados a la hora de oficializar la prórroga de la cuarentena.
La circulación comunitaria del virus sigue siendo el principal factor para distinguir a los distritos que continuarán en la etapa de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO), de los que transitan una cuarentena con más flexibilizaciones en la etapa de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio.
En ese sentido, pese a que en el decreto se resalta que en el AMBA “se verifica un descenso en el número de casos en las últimas semanas”, tanto para la Ciudad como para la Provincia de Buenos Aires, la Capital y los 35 municipios que integran el Área Metropolitana continuarán en la fase de ASPO.
Además continuarán en la fase de ASPO:los departamentos de Cerrillos, Rosario de Lerma, General Güemes, La Caldera y Capital de Salta; los departamentos de Manuel Belgrano, Ledesma, El Carmen, Palpalá, Susques, Yavi, Rinconada y San Pedro de Jujuy.

En todas las provincias y municipios que continúan en la fase de ASPO, el transporte público seguirá siendo para personal de actividades esenciales, por lo que en las otras actividades exceptuadas los empleadores deberán seguir garantizando el transporte de los trabajadores y las condiciones de seguridad e higiene para prevenir contagios.
Continuarán prohibidas las reuniones sociales o familiares en domicilios particulares, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, clubes, y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas; y el turismo.
Departamentos, que continuarán en la fase de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO)
Jujuy (excepto los departamentos de Manuel Belgrano, Ledesma, El Carmen, Palpalá, Yavi, Susques, Rinconada y San Pedro)
Salta (excepto los de Cerrillos, Rosario de Lerma, General Güemes, La Caldera y Capital)
En las zonas abarcadas por la fase de DISPO continuarán las actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, con su debido protocolo y siempre y cuando se “restrinja el uso de las superficies cerradas hasta un máximo del 50 % de su capacidad”.
Con respecto a las actividades deportivas y artísticas, el decreto indica que solo podrán realizarse “siempre que no impliquen una concurrencia superior a 10 personas”.
No obstante siguen prohibidos los eventos sociales o familiares en espacios cerrados, “y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente”; las prácticas de deportes donde participen más de 10 personas o que no se permita mantener el distanciamiento social; los cines, teatros, clubes y centros culturales; el turismo; y el servicios de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional.
Independientemente de la fase en la que se encuentre el distrito, el Gobierno Nacional, aclaró -de acuerdo a resoluciones del Consejo Federal de Educación- que “si el riesgo fuere bajo, se podrán reanudar las clases presenciales de manera escalonada y progresiva en todos los niveles educativos y modalidades”.
“Si el riesgo fuera mediano, se podrán organizar actividades educativas no escolares (artísticas, deportivas, recreativas, de apoyo escolar, u otras) en grupos de no más de 10 personas, preferentemente al aire libre, y organizar actividades presenciales de cierre del año lectivo para estudiantes del último año de los niveles primario, secundario y superior”, se agregó.
Por último, el Poder Ejecutivo especificó que en el caso de pacientes con diagnóstico de COVID-19 u otra enfermedad que estén transitando sus últimos días de vida internados, las provincias y la Ciudad deberán prever la aplicación de un estricto protocolo para el acompañamiento de los mismos por parte de sus seres queridos.
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